Crear una editorial sin fundar una empresa


Algunos escritores, cuando van a autopublicar su primer libro, descubren que cada código ISBN que registren en la Agencia del ISBN les costará 45 €, mientras que una editorial nueva paga 140 € por diez códigos.

A continuación se preguntan: ¿puedo crear mi propia editorial, pero sin tener que constituir una sociedad limitada, y obtener 10 códigos ISBN por 140 €? La respuesta es sí, y explico cómo lo hice para Ediciones Taranco.

Pasos a realizar

En la pestaña Solicitud para Nuevas Editoriales de la Agencia del ISBN se puede leer el procedimiento completo para solicitar un prefijo de nueva asignación (los dígitos que siguen a 978-84 en el ISBN y que identifican a la editorial). Nos interesa el primer paso:

1. Envío de solicitud. La editorial cumplimenta y envía el formulario adjunto. Con la solicitud deberá adjuntar los siguientes documentos en formato electrónico:

  • Copia del NIF
  • Copia del formulario 036 de la Agencia Tributaria con el epígrafe 476.1 (edición de libros) en la casilla 402, o bien el Documento Único Electrónico (DUE) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con el epígrafe 5811 (Edición de libros) en la página 21 y siguientes.
  • Formulario ISBN del primer libro que va a publicar.

Copia del NIF

Esto no tiene ningún misterio. Se trata de mandar una copia del Documento Nacional de Identidad (DNI).

Copia del Formulario 036

El modelo 036 es la Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Yo mandé el modelo 037, que es la declaración simplificada. No tiene ningún coste presentar este modelo, aunque darnos de alta en el Censo de Empresarios nos obligará a presentar cada trimestre una declaración de IRPF y de IVA.

En el modelo 037 indicamos:

  • nuestros datos fiscales.
  • actividad que vamos a realizar: Edición de libros, epígrafe 476.1 de la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • método de tributación del IRPF: estimación directa simplificada.
  • si la actividad está exenta de IVA: para el caso de publicar y vender libros, el IVA es del 4% (artículo 91, apartado 2.1, número 2º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido).

Adjunto un ejemplo del Modelo 037 que presenté en Hacienda. Se puede rellenar y presentar por internet en la web de la Agencia Tributaria. Con el mismo modelo se puede dar de baja la actividad cuando sea necesario.

Formulario ISBN

El Formulario ISBN del primer libro se rellena fácilmente siguiendo las instrucciones del formulario.

Formulario de solicitud

Solo hay que rellenar los campos del formulario que hay al final de la página Solicitud para Nuevas Editoriales, y adjuntar la copia del DNI, el modelo 036 (o 037), y el formulario ISBN del primer libro. Después de hacer clic en Enviar, nos llevará a una pasarela de pago para abonar los 140 €.

Declaraciones de IVA e IRPF

Como nos hemos dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, debemos realizar una declaración cada trimestre, y otra anual, del IRPF y el IVA que genera la actividad.

IRPF

Se debe presentar el Modelo 130. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado en los 20 días siguientes a cada trimestre (por ejemplo, para el trimestre Julio-Septiembre, se debe entregar entre el 1 y el 20 de octubre). En mi caso, como no generaba ni ingresos ni gastos, siempre marcaba en el formulario NEGATIVA/SIN ACTIVIDAD.

Ejemplo del Modelo 130.

IVA

Para el IVA se debe presentar el Modelo 303. IVA. Autoliquidación en los 20 días siguientes a cada trimestre (por ejemplo, para el trimestre Julio-Septiembre, se debe entregar entre el 1 y el 20 de octubre). En mi caso, como no generaba ni ingresos ni gastos, siempre marcaba en el formulario NEGATIVA/SIN ACTIVIDAD.

Ejemplo del Modelo 303.

También se debe presentar el Modelo 390. IVA. Declaración Resumen Anual entre el 1 y el 20 de enero del año siguiente (para 2016, en enero de 2017).

Ejemplo del Modelo 390.

NOTA: que yo siguiera estos pasos no quiere decir que sea la mejor solución para usted. Si tiene cualquier duda sobre impuestos, consulte con Hacienda o un asesor fiscal.

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16 comments on “Crear una editorial sin fundar una empresa
  1. Francisco dice:

    Buenos días, Alejandro, y enhorabuena por la entrada, que es de gran utilidad. Me surge una duda: presentar el modelo 036 o en tu caso 037, ¿no lleva aparejado tener que darse de alta en autónomos y pagar una cuota mensual a la Tesorería de la Seguridad Social? ¿O es que solo te das de alta en el momento en que vas a publicar cada libro y luego puedes volver a darte de baja, evitando así abonar dicha cuota? Gracias por la aclaración. Un saludo

    • Hola, Francisco. Muchas gracias por tu comentario. Yo no soy ningún experto en asuntos fiscales, pero cuento lo que hice: yo no me di de alta en autónomos porque, en mi caso, no se trataba de una actividad que realizara de forma habitual, personal y directa a título lucrativo (que es lo que dice el artículo 1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo). En realidad, es una actividad que me ha costado dinero.

      Y ahora uno se pregunta: ¿qué entiende la Administración por actividad habitual y lucrativa? No lo dice, pero en 2007 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que ha sentado jurisprudencia y que establecía que no era necesario darse de alta como autónomo si los ingresos eran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. Aun así, cuidado, porque en algunas administraciones de la Seguridad Social dicen que si no llegas al salario mínimo no hay problema, y en otras dicen lo contrario. Puedes ampliar la información en Infoautónomos, de donde he tomado este párrafo.

      Saludos.

  2. Interesantísimo. Muchas gracias por tu valor y tu labor.
    Un abrazo

  3. Francisco dice:

    Buenas.
    Excelente entrada y gan apoyo al emprendedor.
    La duda que formularé a espensas de que alguien pueda ayudarme, es si puedo facturar sin autónomos mientras no supere el salario mínimo, pero una vez alcanzado darme de alta sin que nada me perjudique.
    Muchas gracias. Saludos!!

  4. David dice:

    Se agradece este artículo, hay cosas muy interesantes.
    Aunque desafortunadamente, me parece que hay algunas que no me quedan claras y tengo dudas.
    Saludos

  5. Juan Luis dice:

    Muy interesante, gracias por aportar tu experiencia.

  6. ElA dice:

    Hola Alejandro,no se si veras esto, pero, sabes si el procedimiento sería el mismo para una editorial o editora de música?

    Saludos

  7. Alejandro dice:

    Hola Alejandro. Tengo una duda. Tengo en mis manos un libro que traduje. No soy el autor, sino el traductor (aunque también hice la edición del libro, etc.) También, obviamente, tengo los derechos de traducción y publicación por parte del autor. Ahora bien, ¿puedo, como autónomo que reside en España publicar un libro sin ser el autor y sin constituir una editorial? ¡Muchas gracias!

    • Hola, Alejandro. No soy ningún experto (de hecho nunca he publicado una traducción), pero te respondo con mi experiencia:
      Podrías publicar a través de cualquier servicio de impresión bajo demanda, como Amazon o Bubok. Estos servicios los puede contratar cualquiera, sea autónomo o no. Si no recuerdo mal, Amazon te pide que confirmes que tienes derecho a publicar el libro.

      Y no necesitas crear una editorial tampoco. Eso no quita para que crees un sello editorial (como la marca de un autónomo) para colocar en la portada y web de venta. Por ejemplo, digamos que José Pérez traduce y publica un libro escrito por James James, y en vez de poner publicado por José Pérez, pone publicado por «Ediciones en la nube».
      Eso sí, por si acaso (por si alguien en el futuro registra la marca), el copyright en las páginas del libro no es de «Ediciones en la nube», sino de José Pérez y James James.

      Seguramente la atención al cliente de Amazon o Bubok (por decir las primeras que me vienen a la cabeza) te responderá las dudas mucho mejor que yo, porque habrán recibido la misma pregunta más de una vez.

      Saludos.

      • Alejandro dice:

        ¡Muchas gracias, Alejandro! Es de mucha ayuda. Investigaré sobre esto y si tengo que registrar «el sello» o «marca».

  8. Arim Atzin dice:

    Muchísimas gracias por este valioso artículo. Es justo lo que necesitaba saber. Un saludo

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